CAPÍTULO DOCE: ACTIVIDADES PROMOCIIONALES Y DEL PLAN DE COMERCIALIZACIÓN

SEC. 1     RESPONSABILIDADES DE ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL MPCP

A los Distribuidores se les pagan comisiones por administración, capacitación, suministro, apoyo y motivación de sus organizaciones para producir el volumen de ventas al por menor. Debe haber ventas continuas y función de supervisión. Un Distribuidor no gana una comisión bajo el MPCP sólo en producción. A los Distribuidores se les paga por administrar organizaciones que produzcan ventas al por menor. Los Distribuidores deben ser capaces de proveer la documentación que demuestre la ejecución de estas funciones en caso de ser requerida por Market America. Las siguientes guías se aplican a las responsabilidades de los Distribuidores bajo el MPCP. De no aplicarse las responsabilidades de administración que se describen abajo, la empresa podrá ejercer acciones correctivas, que incluyen, pero no se limitan a, la anulación o reversión de los cheques por comisión, requisito de capacitación, y en el caso de una falla severa y crónica para llevar a cabo las tareas, puede ocasionar la terminación del contrato del Distribuidor.

Distribuidor: Los Distribuidores son responsables de asegurar el nivel de éxito que deseen. Ellos tienen la responsabilidad de estar bien al tanto del contenido del Manual de Carrera de Market America (es decir, políticas, procedimientos y normativas).

Patrocinador: Los patrocinadores tienen la responsabilidad específica de cumplir con todas las regulaciones relacionadas con el patrocinio, descritas en los Términos y Condiciones de la Solicitud y Convenio de Suscripción como Distribuidor Independiente, así como de otras normativas aplicables.

Coordinador: Además de aquellas responsabilidades previamente especificadas para el “Patrocinador”, los Coordinadores deben capacitar y trabajar con todos los Distribuidores de su organización hasta llegar al próximo Coordinador activo. Adicionalmente, deben supervisar a los Coordinadores en línea descendente y asegurarse que estos Coordinadores están apoyando y capacitando a todos los Distribuidores en sus organizaciones. Un Coordinador es el responsable de la presentación del Plan de Comercialización a los nuevos Distribuidores.

Coordinador Ejecutivo: Además de aquellas responsabilidades especificadas en la sección de arriba sobre el “Patrocinador”, los Coordinadores Ejecutivos están obligados contractualmente (es decir, el Convenio y Reconocimiento del Coordinador Ejecutivo) a reforzar las políticas, procedimientos, garantía de compra de retorno, política de devolución de mercadería, y normativas al nivel del próximo Coordinador Ejecutivo en su línea descendente dentro de la organización. Si el próximo Coordinador Ejecutivo en línea descendente no está cumpliendo con estas responsabilidades, el Coordinador Ejecutivo en línea ascendente debe notificar al liderazgo de la línea ascendente y llevar a cabo las responsabilidades no cumplidas del Coordinador Ejecutivo en línea descendente, hasta que otro Coordinador Ejecutivo se desarrolle en esa organización, que asuma y cumpla con todas las responsabilidades para la organización.

Coordinador Ejecutivo Certificado: Además de aquellas responsabilidades previamente especificadas para el “Patrocinador” y “Coordinador Ejecutivo”, los Coordinadores Ejecutivos Certificados deben ofrecer la Capacitación sobre Los Cinco Fundamentos a todos los Distribuidores en su organización hasta el próximo Coordinador Ejecutivo Certificado. Sólo los Coordinadores Ejecutivos Certificados (es decir, los Coordinadores Ejecutivos que hayan aprobado la Capacitación para la Certificación de Coordinador Ejecutivo) pueden conducir Capacitaciones para los Distribuidores Nuevos y Capacitaciones sobre Los Cinco Fundamentos.

Coordinadores Profesionales y Niveles de Reconocimiento Más Altos: Además de aquellas responsabilidades previamente especificadas, estos gerentes deben asegurarse que todos los Distribuidores dentro de sus organizaciones de sus líneas descendentes reciban apoyo y capacitación a través de la comunicación y de las continuas funciones de supervisión para los líderes en línea descendente.

Miembros del Consejo Asesor: Los Miembros del Consejo Asesor Asesora deben organizar sesiones en áreas geográficas nuevas de crecimiento donde ellos tengan Distribuidores en línea descendente; resolver conflictos entre líneas de patrocinadores; trabajar con otros miembros del Consejo Asesor para ofrecer capacitaciones a nivel nacional, implementar el Sistema Nacional de Seminarios, Capacitación y Reuniones junto con su línea descendente, reforzar las políticas, procedimientos y normativas en todas las líneas de patrocinio a través de los medios que establece el Manual de Carrera de Market America.

 

SEC. 2     RECLUTAMIENTO

Los Distribuidores son recompensados sólo por los resultados obtenidos de las ventas referenciales de sus organizaciones dentro de su línea descendente de acuerdo con la política, procedimientos y normativas de la compañía, y por sus roles de administración y supervisión de la línea descendente de su organización. No se compensará a un Distribuidor por patrocinar o reclutar a Distribuidores nuevos. Los Distribuidores que residen en la Unión Europea deben tener en cuenta que bajo la ley y las normas de Comercio Justo del Reino Unido, es ilegal que un Distribuidor persuada a alguien a hacer un pago bajo la promesa de que obtendrá beneficios con el simple hecho de hacer que otras personas se vinculen a Market America.

 

SEC. 3    REQUISITO DE VENTAS AL POR MENOR

Para consumar la aceptación como un Distribuidor activo y calificado, el Distribuidor deberá generar un mínimo de dos ventas que sumen US$200 y enviar a Market America un Formulario 1,000, acompañado del comprobante de ventas que corrobore US$200 en ventas referenciales a consumidores finales en un Período de Tres Fechas de Calificación del BDC calificado.

 

SEC. 4     CONSUMO PERSONAL DE PRODUCTOS

El Plan de Compensación por Desempeño Administrativo de Market America se basa en las ventas referenciales al consumidor final. La empresa reconoce que los Distribuidores pueden desear comprar productos en cantidades razonables para su consumo o uso personal.

 

SEC. 5     DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PATROCINADORES

Todos los Distribuidores tienen el derecho de patrocinar a nuevos Distribuidores en la línea descendente de su organización siempre que generen por lo menos US$200 en ventas y envíen la documentación a la empresa dentro de los 30 días del patrocinio.

  1. Distribuidores Nuevos: Cada Distribuidor nuevo tiene el derecho de elegir su propio patrocinador.
  2. Conflictos de Patrocinadores: Si dos Distribuidores afirman ser el patrocinador de un  Distribuidor nuevo, la empresa podrá, a su discreción, elegir la primera Solicitud de Suscripción y Convenio que se haya recibido y ejecutado. La empresa también se reserva el derecho de revisar cada situación y así ajustar los derechos del patrocinador.
    1. Como regla general, es una buena práctica considerar al primer Distribuidor que trabajó de manera consciente con el candidato a Distribuidor, como el primero en reclamar el patrocinio. Criterios básicos de sentido común y consideración deben prevalecer.
    2. Los Distribuidores que patrocinen a otros Distribuidores deben cumplir la obligación de función buena fe de supervisar, distribuir y vender en la venta y distribución de productos al consumidor final, y en la capacitación de aquellos Distribuidores que reciben patrocinio. Los Distribuidores deben mantener actividades de contacto, comunicación y de administración con su organización. De no hacerlo, puede dar como resultado la pérdida de los derechos del patrocinio o la terminación a discreción de la empresa.
  3. Falta de Patrocinio: Si un Distribuidor no tiene patrocinador en la base de datos del computador porque tiene una misma residencia, o por no haber incluido a un patrocinador en la Solicitud de Suscripción inicial, etc., y el Distribuidor desea que se ingrese un patrocinador a la base de datos del computador, este debe enviar una carta de solicitud, con atención al Departamento Legal, explicando la situación. La carta debe estar firmada por el Distribuidor y el patrocinador que se propone. Los Distribuidores deberán esperar por lo menos dos semanas para que el Departamento Legal les notifique si el patrocinio fue aprobado.

 

SEC. 6     ACTIVIDAD NO ÉTICA

Los Distribuidores, en la conducción de sus negocios, deben resguardar y promover la reputación de los productos de la empresa y deberán abstenerse de toda conducta perjudicial a la reputación de la empresa.  Los Distribuidores deben entender que los productos de Market America no están en conformidad con las leyes establecidas por ningún país diferente a los Estados Unidos y al Reino Unido.

(A) Productos: La comercialización de los productos debe hacerse de acuerdo con el interés del público, y evitar cualquier conducta o práctica descortés, engañosa, no ética o inmoral.

(B) Anuncios: Los Distribuidores Independientes no deberán publicitar los productos de la empresa o el Plan de Comercialización, excepto como lo ha sido aprobado específicamente por la empresa.

(C) Representación: Los Distribuidores Independientes aceptan que no deben hacer ninguna representación falsa o fraudulenta de la empresa, sus productos, del Plan de Compensación por Desempeño Administrativo, o de sus posibles ingresos.

(D) Cumplimiento: La falta de cumplimiento de esta obligación provocará la terminación y posibles acciones legales.

 

SEC. 7     DECLARACIÓN DE INGRESOS

Los Distribuidores pueden utilizar las declaraciones de ingresos publicadas por Market America. No son permitidas las declaraciones que no han sido autorizadas para el reclutamiento o para ningún otro propósito. El uso de declaraciones de ingresos no autorizadas provocará el inicio de Procedimientos de Acción Correctiva por parte de la empresa. Las declaraciones de ingresos no autorizadas no son permitidas aún si el nombre de Market America no se usa en el anuncio o la declaración. Los Distribuidores que residen en la Unión Europea deben tener en cuenta agregar la siguiente advertencia en todas las declaraciones de ingresos: “No se deje engañar por falsas expectativas de que obtendrá altos ingresos fácilmente”

 

SEC. 8     PRESENTACIÓN DEL PLAN DE COMERCIALIZACIÓN

Sólo los Coordinadores Ejecutivos Certificados pueden realizar presentaciones públicas del Plan de Compensación por Desempeño Administrativo.

  1. Miembros del Consejo de Oradores (Categoría I o Categoría II): Los Miembros del Consejo de Oradores pueden presentar el segmento del Plan de Compensación por Desempeño Administrativo en una Presentación del Negocio UnFranchise®.
  2. Coordinadores Ejecutivos Certificados: Los Coordinadores Ejecutivos Certificados pueden presentar el Plan de Compensación por Desempeño Administrativo en locaciones donde no se cobra una cuota, como pueden ser las Presentaciones del Negocio en el Hogar.
  3. Distribuidores: Los Distribuidores pueden realizar presentaciones “uno a uno” o cerradas, pero deben guiarse por el formato que provee la empresa como los documentos oficiales y los materiales de audio o video de la empresa.
  4. Representación Fraudulenta: Cualquier representación fraudulenta del Plan de Comercialización o del Plan de Compensación por Desempeño Administrativo provocará la terminación y posible acción legal.

 

SEC. 9    APROBACIONES GUBERNAMENTALES

Las agencias reguladoras federales y estatales no suelen aprobar ni apoyar programas de ventas directas y ningún otro tipo de actividad comercial. Por lo tanto, los Distribuidores no deberán representar o insinuar, directa o indirectamente, que Market America y sus programas han sido “aprobados” o “avalados” por cualquier agencia gubernamental.

 

SEC. 10   PREGUNTAS DE LA PRENSA

Cualquier pregunta hecha por cualquier medio de comunicación (televisión, radio, escrito, etc.) debe referirse inmediatamente al Departamento de Relaciones Públicas de la empresa. Esta política asegura la exactitud y la imagen pública.